La RRAR recibe donaciones, tanto de personas particulares como de entidades y empresas.
Se reciben dos tipos de donaciones:
DONACIÓN DE ALIMENTOS:
Los donantes nos aportan alimentos y/o productos de higiene, que o bien se entregan en el almacén de la C/ Crisol nave 2D, o nos comunican dónde se pueden ir a recoger.
DONACIÓN MONETARIA:
Los donantes, efectúan una transferencia a la cuenta bancaria de la RRAR.
Las donaciones monetarias se dedican exclusivamente a la adquisición de alimentos y/o productos de higiene.
Hay donaciones que obedecen a la presentación de un proyecto ante una entidad, empresa o fundación. En el proyecto se indica el importe solicitado y a que alimentos se van a destinar los fondos donados. Al cierre del proyecto, se justifican detalladamente las facturas de compras y los alimentos y/o productos de higiene adquiridos.
El abono de las donaciones se puede producir en cualquier momento, conforme a la voluntad del donante o en su caso, a los compromisos indicados en el proyecto.
La Red de Recuperación ha sido declarada ENTIDAD DE UTILIDAD PÚBLICA (B.O.E 29 de octubre de 2022), y todas las donaciones y cuotas de socios y/o patrocinadores, son desgravables del IRPF o del IS.
Al ser la primera anualidad que somos de U.P. será:
– Para las personas físicas: Hasta 150 € el 80% y lo que exceda de 150 € el 35%.
– Para las entidades: el 35% de la donación.
CUENTA BANCARIA: BANCO DE SANTANDER ES94-0049-1622-8320-1042-1267